El Municipio de Villa Regina comunicó su adhesión a la modificación de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, publicada el día martes en e Boletín Oficial; y a Ley de la Provincia de Río Negro N° 5263 y su modificatoria N° 5379; siendo la tolerancia en el consumo de alcohol a todos los conductores de motovehículos de 0 gramos de alcohol en sangre.
La modificación de la Ley 24.449 sustitúye el inciso a) del artículo 48, siendo ahora el siguiente:
- a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir. Asimismo, queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre. La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado aprobado a tal fin por el organismo sanitario.
Por medio de la Ordenanza 015/2023, la Municipalidad de Villa Regina adhirió a la aplicación de la ley de tolerancia cero al consumo del alcohol para conductores de motovehículos que circulen por las calles y rutas que atraviesan nuestra ciudad.
Esto al modificarse el artículo 2 de la Ordenanza 047/2020, adhiriendo “a las Leyes Nacional de Tránsito 24.449, 26.363, 27.425 y sus modificatorias y a la Ley de la Provincia de Río Negro N° 5263 y su modificatoria N°5379”.